El cliente consultó al Estudio porque en primera instancia el juez lo condenó a pagar conjuntamente con la compañía de seguro una indemnización cuantiosa por un accidente de tránsito a raíz del límite de cobertura fijado a montos del año 2020.
Nos presentamos en la Cámara de Apelaciones y revertimos la sentencia de primera instancia, logrando ampliar limite de cobertura del seguro teniendo en cuenta el cuadro tarifario del año 2025, librándose en consecuencia, el cliente del pago indemnizatorio.
La Sentencia de la Sala Nacional de Apelaciones en lo Civil I dispuso en la parte pertinente; “Mi estimada colega de grado hizo extensiva la condena en forma concurrente a la Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A., y en la medida del contrato de seguro (cfr. art. 118 de la ley 17.418). Ello fue motivo de agravios por la accionante y el demandado…
….Por todo lo expuesto y toda vez que, como ya dije, mediante el art. 8 de la señalada Resolución, la Superintendencia de Seguros de la Nación elevó a $160.000.000 el máximo autorizado como límite de cobertura para los seguros voluntarios de automóviles, propongo disponer que la aseguradora responda hasta ese monto como límite máximo de su responsabilidad.”
Expte. “SOTO, ELVIA LILIANA c/ ESTAJE, LUIS JUAN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)” – Expte. n° 71192/2021 – (juzg. 40), Sentencia del 13/06/2025, Sala Nacional de Apelaciones en lo Civil I.